Micelio
Auto22 de febrero de 2023

A- de 2023

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Grupo Tecmedic Sas·Demandado Ese Hospital Francisco Valderrama De Turbo Antioquia

Tema · dato duro
Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa-Procesos Ejecutivos Dirigidos En Contra De Entidades Públicas Sin Certeza De Existencia De Contrato Estatal Como Causa Del Título A Ejecutar
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Procesos ejecutivos dirigidos en contra de entidades públicas sin certeza de existencia de contrato estatal como causa del título a ejecutar
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Civil del Circuito de Turbo (Antioquia) y el Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito del mismo municipio.

La controversia entre los precitados despachos se originó en una demanda ejecutiva singular de mayor cuantía que interpuso la empresa Grupo Tecmedic SAS en contra de la ESE Francisco Valderrama de Turbo, pretendiendo que se librara mandamiento de pago por una millonaria suma de dinero por concepto de diferentes servicios que fueron prestados y que estaban representados en varias facturas.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Corte reiteró la regla jurisprudencial contenida en el Auto 403/21 y reiterada en los Autos 1027/21, 553/22 y 1790/22 mediante la cual se estableció que, en virtud de lo establecido en la cláusula general de competencia del artículo 104 del CPACA, la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es competente para conocer sobre procesos ejecutivos promovidos contra entidades públicas como las Empresas Sociales del Estado (ESE), en los casos en los que el juez del conflicto no tuviere certeza sobre la existencia o inexistencia de un contrato estatal que pudiere ser la causa del título valor que se pretende ejecutar.

Con base en lo anterior se ordenó el envío del expediente al Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de Turbo, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Civil del Circuito de Turbo (Antioquia) y el Juzgado
  2. Tercero. Administrativo Oral del Circuito de Turbo (Antioquia) y DECLARAR que el Juzgado
  3. Tercero. Administrativo Oral del Circuito de Turbo es la autoridad competente para conocer de la demanda presentada por la empresa GRUPO TECMEDIC SAS contra el Hospital Francisco Valderrama ESE.
  4. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-2171 al Juzgado
  5. Tercero. Administrativo Oral del Circuito de Turbo (Antioquia) para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado Civil del Circuito de Turbo (Antioquia).
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.